miércoles, 12 de junio de 2013

Aclaraciones finiquitos interinos.

A los interinos de curso completo se les ha finiquitado el periodo de septiembre a 31 de diciembre, y al no haber paga extra de Navidad, solo se han finiquitado los días de vacaciones correspondientes, unos 9 días (depende el día de inicio de contrato). Estas vacaciones sí que están cotizadas, se han cotizado del 1 al 9 de enero, ya que aunque ya estuvieran cotizando por seguir trabajando, se les ha aumentado la base de cotización. Son días solapados, pero están cotizados.
De enero a 30 de junio, a los interinos se les va a finiquitar:
- las vacaciones generadas (15 días)
- paga extra; se genera del 1 de diciembre a 30 de mayo; cobrarán completa
- paga adicional; de enero a junio, cobrarán completa
- paga de Navidad de 2013; cobrarań los correspondiente del mes de junio.
Al paro se pueden inscribir desde que cesan pero no se puede solicitar el cobrar del paro hasta el 16 de julio que es cuando terminan de cobrar las vacaciones que han finiquitado.
Se puede buscar otro trabajo desde el 1 de julio.
Los certificados de empresa de los interinos de curso completo los remitirá el Servicio Provincial al INAEM

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