jueves, 21 de marzo de 2013

4 días de enfermedad al año sin descuento


En la Mesa General de Negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón de viernes 15 de marzo de 2013 se aprobó, para todos los empleados públicos de Aragón, la modificación del apartado Quinto.2 de la Instrucción de 10 de octubre de 2012, por la que se aprueban criterios de gestión sobre medidas en materia de complementos de incapacidad temporal, en los siguientes términos:
“Las ausencias debidas a enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal no serán causa de descuento en nómina, con el límite de cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos. Una vez superado este límite, dichas ausencias comportarán la deducción de retribuciones prevista para los tres primeros días de ausencia por incapacidad temporal.”
La entrada en vigor será con efecto retroactivo y de aplicación a las ausencias por enfermedad producidas desde el día 1 de enero de 2013.

Kike.

No hay comentarios:

Publicar un comentario